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CONFLICTO COLECTIVO. DISFRUTE DE VACACIONES. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. ERTE.

por Carranza | Oct 31, 2022 | Carranza Opina, Derecho Laboral y de la Seguridad Social | 0 Comentarios

Enviado por Ramón de Román Díez el Sáb, 13/11/2021 – 14:27.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en la sentencia nº 191/2021 de d 16 de septiembre, ha resuelto que reconoce el devengo de vacaciones en los períodos de suspensión de contrato por IT, riesgo por embarazo, maternidad y paternidad con independencia de que estas personas hayan sido afectadas o desafectadas de un ERTE. A efectos de la duración de las vacaciones, el solapamiento de suspensiones de contrato por causas ETOP o fuerza mayor no prevalece frente a las situaciones de suspensión de la relación contractual anteriormente mencionadas.

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