MULTAS MADRID CENTRAL Y ANULACIÓN DE LAS MISMAS
MULTAS MADRID CENTRAL SI SE TIENE AUTORIZACIÓN PERO LA MISMA EXPIRÓ POR LA ENTRADA EN VIGOR DE LA NUEVA ORDENANZA DE OCTUBRE DE 2018.
El Ayuntamiento de Madrid sancionó a un ciudadano por acceder a Madrid Central en julio de 2019, a pesar de contar con una autorización concedida en Diciembre de 2015 y que finalizaba en Diciembre de 2020. Dicha autorización le fue concedida por ser residente en la Zona Central Opera.
El Ayuntamiento de Madrid se basaba para multar al residente como consecuencia de que alegaba que dicha autorización dejó de tener validez con la entrada de la nueva Ordenanza municipal y de la ZBE (zona de bajas emisiones) Madrid Central aprobada por el Pleno Municipal el 5 de octubre de 2018.
La sentencia firme del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n°23 de Madrid de 14 de septiembre de 2020, anula la sanción ya que entiende que si el residente tenía una autorización en vigor, el hecho de que entre en vigor una nueva Ordenanza, no es causa suficiente para multar ya que el juez entiende que debió, el Ayuntamiento, advertirle fehacientemente al interesado y requerirle para que solicitara una nueva autorización, continua diciendo que no se puede hacer recaer la falta de diligencia de la Corporación Municipal en el residente o autorizado para transitar por Madrid Central.
El juez condena en costas a la Administracion y a la devolución del la cuantía de la multa.
Asunto defendido por la abogada Concepción Arranz Perdiguero de abogadoscarranza.com