MALTRATO EN EL ÁMBITO FAMILIAR: BOFETADA EN LA CABEZA. PATRIA POTESTAD. PROPORCIONALIDAD Y MODERACIÓN
La Sala 2ª, de lo Penal del Tribunal Supremo en sentencia nº 654/2019 de 8 de enero de 2020, ha resuelto que el acusado propinó a su hijo una bofetada en la cabeza de entidad suficiente para causarle lesiones en oreja derecha y labio inferior, infiriéndose el dolo en la propia actuación consistente en el golpe propinado, no amparado por el derecho de corrección, y no teniendo amparo en el ejercicio de la patria potestad por tratarse de actos violentos que menoscaban la integridad física.