EXTINCION DEL ARRENDAMIENTO POR JUBILACIÓN DEL ARRENDATARIO DE LOCAL COMERCIAL
EXTINCION DEL ARRENDAMIENTO POR JUBILACIÓN DEL ARRENDATARIO DE LOCAL COMERCIAL
El Tribunal Supremo en su sentencia de 21 de enero de 2013, en recurso de casación al amparo del art. 447.2.3º por existencia de interés casacional por jurisprudencia contradictoria de Audiencias Provinciales, ha fijado como doctrina jurisprudencial que, en aplicación de la Disposición Transitoria Tercera de La LAU de 1994, la jubilación del arrendatario determina la extinción del contrato de arrendamiento independientemente de que aquél continúe al frente de la actividad empresarial o comercial realizada en el local comercial.