DURACIÓN MÁXIMA POR INCAPADIDAD TEMPORAL
Sin perjuicio de que la incapacidad temporal pueda extinguirse con anterioridad (por alta médica), su duración máxima será de 365 días, que puede prorrogarse 180 días más cuando se presuma que el/la trabajador/a pueda ser dado/a de alta médica por curación en ese periodo. Si, transcurridos esos 545 días, la situación de incapacidad persistiera, los efectos de la Incapacidad temporal se prorrogarán por un periodo máximo de 3 meses, a efectos de una eventual declaración d incapacidad permanente pudiendo incluso extenderse hasta los 730 días desde la fecha de la baja inicial, cuando se aconseje demorar esa calificación, ante la expectativa de recuperación o la mejora del estado del trabajador/a con vistas a su reincorporación laboral.