Cuenta atrás para jubilarse a los 67 años
Enero abre un escenario en el que habrá que trabajar y cotizar más para tener derecho a una pensión similar a la de ahora.
Enero de 2013. La reforma de las pensiones echará a andar para tener completamente dibujado quince años después, en 2027, si nada lo impide , un escenario en el que habrá que trabajar y cotizar más para tener derecho a una pensión similar a la que recibiríamos con la actual regulación.
El primer efecto que tendrán la reforma que fue aprobada en julio de 2011, será el retraso en la edad real de jubilación. Ahora, la media se sitúa en poco más de 63 años, con una edad legal de 65. De este escenario pasaremos paulatinamente a otro en el que como media, los españoles nos jubilaremos a una edad superior a los 65 años y en el que se tendrá en cuenta más años para calcular las prestaciones. De los 15 años que se toman como referencia en la actualidad se pasará de forma progresiva a 35 en un periodo de diez años.
Estas son algunas preguntas y respuestas que pueden ayudar a entender la nueva normativa:
¿A qué edad me tendré que jubilar a partir de enero?
La edad de jubilación se eleva de 65 a 67 años para todos los trabajadores. Pero no será de forma automática, ya que se establecerá un periodo gradual para su entrada en vigor. Así, a partir de 2013 se irá retrasando progresivamente la edad de retiro de los 65 años actuales hasta llegar a los 67 años en 2027. Es decir, en 2014 un trabajador se jubilará a los 65 años y dos meses, y en 2015 a los 65 años y 3 meses y así sucesivamente hasta alcanzar la nueva edad de 67 años al final del periodo.
¿Cuántos años tendré que cotizar para cobrar el cien por cien de la pensión?
Actualmente hay que trabajar un mínimo de 35 años para poder cobrar el cien por cien de la pensión. A partir de 2013, este plazo se aumentará progresivamente hasta alcanzar los 37 años en 2027 para los que se retiren a los 67.
¿Habrá alguna excepción?
Sí, para aquellos que tienen largas carreras profesionales y también para los que tengan oficios penosos y peligrosos (está por definir qué profesionales entrarán en esta categoría). Lo que si se sabe ya es que los trabajadores podrán seguir jubilándose a los 65 años conservando la pensión completa si han cotizado al menos durante 38 años y medio. La generación que se está jubilando ahora comenzó a trabajar muy joven y, por tanto, acumula muchos años de aportaciones al sistema. Más problemas para saltar este listón tendrán los jóvenes actuales, que han empezado más tarde a cotizar, y las mujeres, con lagunas en su cotización.
¿Cómo se va a calcular el importe de mi pensión?
A partir del 1 de enero, se abrirá un periodo transitorio hasta el 1 de enero de 2022, en el que el periodo de cotización exigido para calcular la pensión pasará de forma progresiva desde los 15 años actuales a 25 años. Cada ejercicio a contar desde 2013 se irá sumando un año hasta completar los citados 25 años en 2022.
Edad de retiro
A partir de 2013 se retrasará progresivamente la edad de retiro desde 65 hasta 67 años en 2027.
Anticipada
La jubilación voluntaria se aplaza hasta los 65 años y la forzosa por despido no podrá ser antes de 63.
¿Habrá cambios en el periodo mínimo exigido para cobrar la jubilación?
No, se mantiene en los mismos términos que en la actualidad. Hacen falta un mínimo de 15 años de vida laboral cotizada para tener acceso a una pensión mínima de jubilación.
¿Quiénes podrán jubilarse de forma anticipada?
Andes de que acabe el año entrará en vigor un endurecimiento de las jubilaciones anticipadas para neutralizar las modificaciones incluidas en la reforma de las pensiones que entrará en vigor en enero. El pasado noviembre, el Ejecutivo presentó ante el Pacto de Toledo una propuesta para situar la edad anticipada de retiro forzosa en 63 años (la reforma de enero fijaba en 61 años) y en 65 años la jubilación voluntaria (la reforma la sitúa en 63). El retraso de la jubilación a los 67 años de manera progresiva hasta 2027 serviría de poco si paralelamente no se eleva la edad legal de las jubilaciones anticipadas y parciales, según el Ministerio de Empleo.
¿Los funcionarios podrán retirarse de forma anticipada?
Sobre la mesa del Pacto de Toledo hay una propuesta de la ministra de Empleo, Fátima Báñez para no permitir que los funcionarios se puedan jubilar antes de tiempo. Se trata de eliminar la posibilidad para cerca de un millón de funcionarios, especialmente docentes y miembros de los cuerpos de seguridad del Estado, que hasta ahora si han podido acogerse a esta opción.
¿Seguirá existiendo la jubilación parcial?
Sí, pero con limitaciones. El Gobierno ha propuesto elevar la edad de jubilación parcial desde 61 a 63 años modificar la jornada laboral obligatoria para que llegue hasta el 50% (ahora entre el 25% y el 75%) y aumentar el periodo mínimo de cotización exigido desde 10530 a los 33 años. Este tipo de jubilación permite abandonar el mercado de trabajo con 61 años, sin coeficientes reductores en la cuantía de la pensión y con una reducción de jornada que es compensada con la contratación de un trabajador –el denominado contrato de relevista- para cubrir ese puesto. Es una fórmula muy costosa: en la actualidad hay 121.207 beneficiarios con una pensión media de 1.500 euros al mes y un coste de 2.000 millones para el sistema público.
¿Los años de becario en una empresa se tendrán en cuenta para la pensión futura?
La Ley obligará a las empresas que financien programas de formación o investigación de los becarios a cotizar por éstos, con equiparación total al contrato de trabajo formativo. La cotización se producirá de una sola vez y por un periodo máximo de dos años. Los trabajadores que hayan sido becarios entre 2006 y 2010 pueden ponerse al día con la Seguridad Social pagando 105 atrasos correspondientes (una media de 50euros al mes con un máximo de 24 meses).
¿Y los años dedicados a cuidar de los hijos?
Para evitar que el retraso en la edad de jubilación o la exigencia de más años cotizados perjudique a las mujeres que tienen lagunas de cotización, la nueva norma permitirá que se sumen al cómputo de años, nueve años por cada hijo, con un tope de dos años. Es decir, que una mujer que haya interrumpido su carrera laboral para cuidarlos y después haya vuelto al trabajo podrá computarse los citados dos años. De modo que si a los 67 años tiene cotizados 35, la Seguridad Social le sumaría otros dos y podría jubilarse sin penalización.
CAMBIOS EN LA JUBILACIÓN
Se jubilarán en____________Aplicación progresiva del retraso de la edad de jubilación
2013......................... 65 años + 1 mes
2014......................... 65 años + 2 meses
2015 ......................... 65 años + 3 meses
2016......................... 65 años + 4 meses
2017......................... 65 años + 5 meses
2018......................... 65 años + 6 meses
2019......................... 65 años + 8 meses
2020......................... 65 años + 10 meses
2021......................... 66 años
2022......................... 66 años + 2 meses
2023......................... 66 años + 4 meses
2024......................... 66 años + 6 meses
2025......................... 66 años + 8 meses
2026......................... 66 años + 10 meses
2027......................... 67 años
38,5 años cotizados para el 100% de la pensión con 65 años.
37 años cotizados para el 100% de la pensión con 67 años.