La Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Madrid en la sentencia nº 347/2020 de 13 de julio, ha resuelto que los contratos de suministro de energía deben ser claros para todas las partes, especialmente en lo que respecta al precio y sus fórmulas aritméticas de cálculo, ya que de lo contrario, estas cláusulas oscuras pueden ser declaradas nulas En este caso, se ha anulado los cobros de la com